Lo Básico

  • Se debe avisarle a un/a sobreviviente de lo que está pasando con y quién tiene acceso a su información. Esto incluye cualquier obligación legal de compartir información o cualquier otro límite que haya para su confidencialidad. 
    • Es su información – es su decisión. El/la sobreviviente puede decidir qué información y con quién se comparte.
    • Esto incluye la información que se puede incluir sobre un/a sobreviviente en una base de datos.
  • Un/a sobreviviente puede pedirle que un/a proveedor/a comparta información personal fuera de la relación confidencial al completar una liberación escrita.
  • No presuma que una liberación es la solución. Hable de otras maneras de cumplir con las necesidades de el/la sobreviviente sin tener que revelar información personal.

Asociaciones Innovadoras

  • El hecho de que ha creado una asociación no elimina ni reduce las obligaciones de confidencialidad o de privilegio de cada agencia socia.
    • Proteja la confidencialidad de la información de víctimas.
    • Reconozca que incluso la información inocua puede ser muy identificable.
    • Recuerde que los/las sobrevivientes pueden decidir qué información se puede compartir sin riesgo.
    • El requisito que protege más debe ser la guía.
  • Estas directrices son para defensores/as de organizaciones sin fines de lucro y profesionales confidenciales. Los socios colaborativos también deben entender las directrices.

Leyes Federales y Estatales

VAWA 2013, VAWA 28 CFR 90.4, FVPSA y VOCA 28 CFR 94.115: Los/las recipientes de subvenciones no pueden divulgar información personalmente identificable sobre los/las sobrevivientes atendidos/as sin el consentimiento informado, escrito y con un límite razonable de tiempo de esa persona. *Las Regulaciones de VAWA y VOCA también prohíben la divulgación de información individual de sobrevivientes. 

Estado: La mayoría de los estados tienen confidencialidad entre víctimas y defensores/as para defensores/as de agresión sexual y violencia doméstica. Hable con un/a abogado/a en su jurisdicción para ver qué leyes de confidencialidad aplican y vea el Resumen de las Leyes Estatales de Confidencialidad de NNEDV.

Recuerde: Si un estatuto o mandato judicial requiere que se revele información, la persona que la revela tiene que hacer esfuerzos razonables de avisarle a la víctima con seguridad de esa revelación y tomar pasos para seguir protegiendo la privacidad y la seguridad de la víctima. Para el propósito de informes, evaluaciones o la recopilación de datos, sólo se puede revelar datos agregados que no sean personalmente identificables (por ejemplo, 5 mujeres, 1 hombre, 10 niños/as).

El Consentimiento es informado, por escrito y tiene un límite razonable de tiempo

Informado: Los/las sobrevivientes tienen que saber (1) en qué consienten cuando firmen una liberación y (2) cuáles son los riesgos y beneficios de firmar la liberación. Deben estar conscientes de cómo se utilizará su información y cómo y cuándo la compartirá. Aborde las barreras de idioma y otras barreras a la comunicación para asegurarse de que entiendan.

Escrito: Las liberaciones tienen que ser por escritas. Si se da una liberación oralmente en una situación de emergencia muy rara, hay que verificar la identidad de el/la sobreviviente y el/la sobreviviente tiene que firmar la liberación escrita tan pronto como sea posible.

Tiene un Límite Razonable de Tiempo: Se determina un Límite razonable de tiempo” según las circunstancias y las necesidades de el/la sobreviviente. Cuánta más corto, mejor. Evalúe la importancia de una pequeña molestia (un/a intercesor/a tiene que pedirle a el/la sobreviviente que firme liberaciones más de una vez) comparada con el derecho de el/la sobreviviente de controlar su propia información.

Recuerde: Una renuncia o liberación no puede ser condición de servicio. Ni se puede presumir el consentimiento porque el/la sobreviviente decide utilizar sus servicios.

¿Quién puede autorizar una liberación?

  • Un/a sobreviviente adulto/a que quiere liberar información
  • Un/a adolescente que puede recibir sus servicios bajo las leyes estatales sin necesitar el permiso de un/a padre/madre o guardián/a 
  • El padre/madre o guardián/a no abusivo/a de un/a menor y el/la menor (pero, vea la información a continuación sobre los/las niños/as muy jóvenes)  
  • Sólo el/la padre/madre o guardián/a no abusivo/a de el/la menor si el/la menor es demasiado joven para saber consentir (y es necesario intentar notificarle a el/la menor según sea apropiado)
  • Alguien con guardián/a que puede recibir sus servicios bajo las leyes estatales sin el permiso de su guardián/a
  • El/la guardián/a no abusivo/a, nombrado/a por la corte de una persona que la corte ha determinado que tiene una discapacidad cognitiva

Mejores Prácticas

  • Utilice una plantilla uniforme para liberaciones que se puede personalizar para la situación, los deseos y las necesidades de cada sobreviviente.
  • Capacite a miembros de su equipo sobre cómo hablar con sobrevivientes de las opciones que rodean la revelación de información.
  • Recomiéndeles a sus socios/as que utilicen plantillas similares.
  • Utilice liberaciones escritas incluso si tiene un MOU o acuerdo de confidencialidad con una agencia socia.
  • Evite el uso de liberaciones que incluyan más de una agencia. Una liberación que tiene una lista de socios comunitarios y no es suficientemente específica sobre cómo se va a compartir la información no ayuda a asegurar el consentimiento informado.
  • Recuerde que información distinta considerada como conjunto puede ser identificable y peligrosa.
  • No dependa de las liberaciones de otras agencias si no ha confirmado los deseos y las intenciones de el/la sobreviviente
  • Los datos agregados no personalmente identificables deben ser suficientes para informes.